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11 septiembre 2013
Emprendedores y Pymes frente a aportes de Seguridad Social -Comparativo entre paìses
Los emprendedores y las Pymes y un somero análisis comparativo de los incentivos en el orden fiscal en diversos países.
Es importante saber qué es lo que está pasando en nuestro país con la promoción de los emprendedores o Pymes comparativamente con otros países, respecto a cuándo deben abonar en concepto de IVA, seguridad social, y obras sociales. Si bien puede discutirse mucho acerca de los montos y otras cuestiones sobre calidad de las Obras Sociales pero el Sistema Argentino es especial e innovador si comparamos con otros especialmente España.
En España
Los autónomos aportan a la seguridad social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), un régimen regulado por una norma de 1970 que “ha quedado claramente desfasado”, En el RETA no se aporta en función de ingresos reales, como ocurre en el Régimen General de la Seguridad Social (en el que se aporta según el salario) sino atendiendo a unos mínimos y máximos. La primera consecuencia es que quien inicia una actividad económica tiene que aportar. Es decir, paga un mínimo de 269,00 euros para 2013, independientemente de que tenga ingresos o no. A tales efectos en Mayo de 2013 se instituyo un régimen de promoción para jóvenes emprendedores que establece bajo una serie de condiciones una rebaja de este mínimo en cantidades y porcentajes pero con plazo máximo de reducción de 15 meses. Los incentivos no son tan extraordinarios para promover el emprendedurismo especialmente si los jóvenes que acceden tienen que pagar aunque no tengan ingresos y aquellos sectores profesionales con ingresos altos pueden estar perfectamente aportando por el monto mínimo. (Práctica solapada de obtener una pensión)”, según opinión de expertos. Asimismo podemos decir que a partir de Abril de 2013 se ha simplificado el régimen para empleados del hogar (domésticos), pero la modificación de este régimen todavía está a la espera. En este caso estamos hablando la cobertura con esta cuota de Seguridad Social (Jubilación, Asistencia Sanitaria Básica, Incapacidad Temporal y permanente y Maternidad, asistencia a la viudez), y AT (Accidentes de Trabajo).
Paginas consultadas: http://www.eleconomista.es/emprendedores-pymes/noticias/4740989/04/13/Monta-una-empresa-por-dos-billetes-de-20-en-24-horas.html
https://www.bancsabadell.com/news/colectivos-es/actualidad-2.html
http://www.serautonomo.net/prestaciones-de-la-seguridad-social-para-autonomos.html
En Francia
Durante el primer año de inicio de una actividad no se paga y sólo se tendría que pagar a partir del segundo año. “Con lo que si la empresa fracasa no se tiene por qué pagar nada”. Además, existe un Régimen especial para pequeñas empresas, autónomos y profesionales. “Es un régimen para las empresas individuales artesanales, comerciales o liberales. Bajo este régimen, los trámites para la creación de empresa se simplifican, así como el modo de cálculo y de pago de las cuotas y contribuciones sociales, y el impuesto sobre la renta. „Solo se debe pagar las tasas si se ha tenido ventas superiores a un determinado monto en el periodo declarado, aunque es obligatorio declarar las ventas incluso si éstas han sido nulas”. Las tasas aplicables son variables en función del tipo de actividad. Estos aportes de la Seguridad Social de los autónomos se pagan mensual o trimestralmente, a elección del contribuyente. Sobre la facturación del mismo la cuota se calcula aplicando un 12% en las actividades comerciales, un 21,3% para los servicios y un 18,3% para las profesiones liberales. Las coberturas que se incluyen con este aporte son la asistencia sanitaria, jubilación, incapacidad temporal y pensiones de viudez e invalidez. Hay que destacar que la asistencia sanitaria se hace mediante el reembolso de gastos, los ciudadanos pagan al médico y luego el estado les reembolsa un porcentaje entre el 65% y el 100% del gasto.. Si la actividad requiere, según la ley, la matriculación en el registro mercantil y de sociedades o en asociaciones de oficios, la tasa por realización de este trámite en este caso según la página de “Crea tu empresa en Francia” es de 35 euros. En caso de dar de baja la empresa, el costo único de gestión también es de 35 euros. Es de destacar que tienen un régimen especial para oficios, artesanos, los cuales se le requiere determinadas condiciones los cuales están reglados.
Referencia pagina:http://crea-tu-empresa-en-francia.com/content/preguntas-frecuentes#P01
En Alemania
Existen regímenes que se llaman Trabajos adicionales, ( Nebenjobs ) y de Autónomos. No se paga, si en el primer año no supera los 17500 euros para el primero y en el segundo de 50000 euros. En Alemania los autónomos no están integrados en el sistema público de Seguridad Social, por tanto no pueden acogerse al Seguro Médico Nacional ni al Seguro de Asistencia Auxiliar, teniendo que recurrir a los seguros privados para contratar la asistencia sanitaria, la jubilación, etc.
Se paga en concepto de Seguridad Social un mínimo de 140 euros y se puede eximir de su pago a los profesionales que no alcancen los 1.700 euros netos al mes, aunque se les exige el pago de un seguro de salud, con una prima de unos 200 euros al mes para cubrir la contingencia de asistencia sanitaria y existe también asistencia en caso de atención médica. Debemos agregar que en estos países anglosajones especialmente en los oficios u otras actividades debe contar con una determinada formación profesional y esto implica que deben estar inscriptos y aprobados los exámenes estatales y pagar a las asociaciones profesionales. Esto implica que tener un empresa de limpieza, debe ser responsable alguien que tenga un diploma y la aprobación por parte del estado y asociaciones de esta formación.
Referencia pagina:http://www.existenzgruender.de/selbstaendigkeit/vorbereitung/gruendungswissen/steuern/00886/
En Reino Unido
Se paga a la Seguridad Social a partir de que las ganancias sean superiores a las 5.595 libras y esto se elevará cuando los beneficios estén por encima de 7.605 libras. De esta forma, los autónomos que menos facturen pueden llegar a pagar tan solo 12 euros al mes. Hace distinciones entre autónomos y pequeñas firmas con una gama de posibilidades acerca de las clases de impuestos, considera si tuviera una utilidad menor a 15.000 libras. Tienen que pagar Obra Social y otros seguros según la actividad. Voluntariamente se puede solicitar el pago de una cuota de 48,20 libras (algo menos de 60 euros) porque en el caso de sobrepasar a final de año la facturación antes indicada habrá que pagar el 8% de los ingresos. Las prestaciones incluidas son la pensión estatal básica, la baja de maternidad y prestación por fallecimiento, pero no la pensión adicional del Estado, ni la incapacidad temporal ni el subsidio de desempleo.
Página consultada:
http://www.smallbusiness.co.uk/financing-a-business/accounts-and-tax/
En Estados Unidos
Como no existe un sistema obligatorio de Seguridad Social no se paga prácticamente nada. Aunque hay que desembolsar unos 50 dólares mensuales más los impuestos que correspondan según los tramos y la actividad correspondiente. Bajo este régimen no está contemplada la obra social también no es obligatoria.
En Argentina
Se basa en un régimen de Monotributista en el cual se incluyen todos los conceptos referidos a Seguridad Social, Obra Social e IVA dentro de determinados requerimientos de ventas, empleados, sucursales, con la correspondiente recategorizaciones.
Se ha creado un sistema de Monotributista Social realmente una novedad el régimen se inscribe en "Monotributo Social", una buena opción para los que recién inician y no tienen una posición estable, algo muy común, ya que muchas veces la búsqueda de un emprendimiento, es por la necesidad de una salida laboral urgente, esto ayuda a empezar y estar dentro del sistema, para poder comercializar el trabajo en blanco, ya que se pueden extender facturas del tipo "C".
Lógicamente, se deben reunir algunos requisitos para pertenecer al "Monotributo Social", como: tener un proyecto productivo, por ejemplo trabajar en su propia casa o local en un proyecto productivo, tal como, una máquina para fabricar y vender la propia producción (carteras, bolsos, mochilas monederos, vestidos etc.) el proyecto productivo puede ser individual o de hasta 3 personas, cada persona no puede superar una ganancia anual de $ 32.196 - monto vigente desde el mes de diciembre de 2011 -, un promedio de $ 2683 por mes, si el emprendimiento prospera y las ganancias superan dicho tope, se puedes recategorizar en las categorías más altas del Monotributo.
El miedo a lo que se debe abonar y la poca información, es lo que obliga muchas veces a trabajar en negro, en el caso del Monotributo social, es simple y por un aporte mensual de $ 50 (cincuenta Pesos de Argentina, valor de Julio 2012) se puede estar en regla con Afip, tener el aporte previsional (jubilación) y poder elegir una Obra Social, con la cual se obtiene como con cualquiera de las otras categorías, el PMO (plan médico obligatorio)
La descripción del trámite, que se necesita paso a paso, como y donde realizar el trámite.
El trámite es personal y el/la interesado/a deberá completar un formulario de inscripción con carácter de Declaración Jurada y presentar la documentación correspondiente. El formulario deberá completarse de manera presencial, cabe destacar que el trámite no se realiza en la AFIP, sino en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social y sus distintos centros de atención. Los requisitos que debe cumplir el/la solicitante son los siguientes:
a- Personas Físicas: Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE) y fotocopia de la 1° y 2° hoja. En caso de ser extranjero deberá presentar hasta la 3° hoja inclusive.
b- Proyectos Productivos: DNI, LC o LE y fotocopia de la 1° y 2° hoja de cada uno de los integrantes. En caso de ser extranjero deberá presentar hasta la 3° hoja inclusive.
c- Cooperativas de Trabajo:
- DNI, LC o LE de los asociados y fotocopia de la 1° y 2° hoja. En caso de ser extranjero deberá presentar hasta la 3° hoja inclusive.
- Constancia de inscripción de la cooperativa en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o número de CUIT, resolución de aprobación y matrícula otorgada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), Acta Constitutiva y Nómina de Cargos.
Nota: si la Cooperativa de Trabajo no se encuentra inscripta en el INAES bajo la Resolución INAES 3026/06 ex 2038, se deberá presentar además el Libro de Asociados.
En todos los casos, debe tratarse de emprendedores en situación de vulnerabilidad social que no generen ingresos anuales superiores a 32.196 pesos -monto vigente al mes de diciembre de 2011-. Asimismo, la actividad económica debe ser genuina y estar enmarcada en el Desarrollo Local y la Economía Social, respondiendo al perfil productivo de cada región.
Página consultada: http://www.afip.gov.ar/et/espacio_trabajo_monosoc.html#04
Conclusiones finales
A simple vista el régimen instituido por la Argentina es a todas luces conveniente en montos y en condiciones para obtener posteriormente una jubilación y comenzar un pequeño emprendimiento pero si bien el concepto de Solidaridad está vigente debemos tener en cuenta la posibilidad del uso indebido de esta ventaja otorgada por las políticas vigentes, por parte de personas que comienzan un nuevo emprendimiento como las situación de inequidad para aquellas personas que años han aportado al Sistema Previsional en forma normal y no son beneficiados por este régimen.
Indudablemente esta somero estudio señala como principal conclusión que “existen importantes diferencias „entre los diversos países en relación a los aportes de la Seguridad Social, pero que no son comparables dado la diversidad de legislaciones y estructuras y culturas de cada país. Un dato importante para destacar es que la organización de los países podríamos decir europeos como Francia, Alemania, Reino Unido, hace que los requerimientos y conocimientos de los emprendedores sean más exigentes, a saber tales como el uso de la contabilidad en forma diaria (caso: Alemania, Reino Unido), o de presentación de determinadas presentaciones ante las oficinas de impuestos, como de determinadas matriculas o autorizaciones o estudios (caso en oficios en Francia, Reino Unido y Alemania).
Faltaría un detalle complementario cualquier comparación también está relacionada con otras variables del contexto espacial tales como: la que es la capacitación de los recursos y los temas en los cuales se capacitan y la gratuidad de los mismos y la facilidad de obtener financiación para el emprendimiento.
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